Informe enviado al Congreso/Asamblea/Concejo
- Al Congreso de la República no es obligación entregar informes, salvo que en ejercicio del control político se solicite información a la Institución. En su defecto, también puede solicitar información.
- A la Asamblea Departamental, no es obligación entregar informes, salvo que en ejercicio de control político del Estatuto de Oposición se solicite información.
- Al Concejo Municipal, no es obligatorio informes, salvo que se soliciten por parte de la Corporación.
De este modo, la entrega de esta información está condicionada a las solicitudes que presenten los órganos colegiados o sus miembros, ya sea en ejercicio del derecho de petición o del control político, los cuales serán respondidos en un termino de 15 dias o en el plazo que ellos determinen en su solicitud.